Una de las grandes dudas de las personas que tienen una casa destinada al alquiler vacacional es cómo va a afectar ese alquiler a su declaración de la renta. En Homerti, facilitamos el trámite de hacer la declaración a todos nuestros clientes propietarios de una casa vacacional. Aquí te explicamos cómo.
¿Qué tengo que declarar si alquilo mi casa vacacional?
Es la gran pregunta que se hacen todos los propietarios de casas vacacionales. Para responderla, lo primero que hay que definir es de qué hablamos cuando nos referimos a un alquiler vacacional. Según la Agencia Tributaria, una vivienda es considerada como casa vacacional “cuando se produce la cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística y con finalidad lucrativa.”
La temporalidad es de suma importancia cuando vayas a presentar tu declaración a Hacienda, pues durante el tiempo en que esté alquilada tu vivienda vacacional podrás deducirte los gastos de alquiler.
Debemos tener muy claros dos periodos a la hora de declarar:
Cuando la vivienda ha estado alquilada
Cuando la vivienda ha estado libre
Cuando la vivienda vacacional ha sido alquilada nos podemos deducir gastos.
La parte del año en que la vivienda ha sido alquilada debe figurar en la declaración como “rendimiento de capital inmobiliario”. Deben declararse todos los ingresos íntegramente, pero podemos deducir gastos tales como el IBI, los intereses de la hipoteca, gastos de la comunidad, seguro de la casa. Además, también se pueden deducir los gastos relacionados con la explotación de la vivienda turística como pueden ser el servicio de limpieza o los gastos de asistencia a domicilio por incidencia.
Todas estas deducciones deberán ser proporcionales al tiempo en que la vivienda ha sido alquilada. Por ejemplo, si el seguro del hogar asciende a 500 € en su tarifa anual y la vivienda ha sido alquilada durante un periodo total de 6 meses en todo el año, podrán deducirse 250 € (500 euros / 12 meses que dura el año X 6 meses que se ha alquilado la vivienda) en este punto.
Periodo en que la vivienda ha estado libre: cómo calcular la “renta inmobiliaria imputada”
La “renta inmobiliaria imputada” se debe calcular de la siguiente manera:
Se debe calcular el 1,1 % del valor catastral de la vivienda o el 2 % si la última revisión catastral se realizó antes del 1994. Si dividimos este importe entre 12 meses o 365 días y lo multiplicamos por el total de meses o días que la vivienda ha estado libre, obtendremos la “renta inmobiliaria imputada” por Hacienda por la tenencia de esta segunda vivienda.
De esta manera, los propietarios solo tributan por los días en los que la vivienda ha estado sin alquilar y/o libre.
Un ejemplo: es una vivienda con un valor catastral (de fecha 2010) de 100.000 €. Supongamos que esta vivienda de alquiler vacacional ha estado libre durante seis meses del año. El 1,1 % de 100.000 € son 1.100 € / 12 meses del año X 6 meses sin alquilar = 550 €. Esta sería la “renta inmobiliaria imputada”.
Los gastos de las agencias intermediarias como Homerti se pueden deducir
Si eres propietario de una casa vacacional, a la hora de hacer tu declaración de la renta no debes olvidar que existe una exclusión que nos parece muy importante remarcar: los gastos de una agencia intermediaria o de anuncios con la finalidad de alquilar la vivienda vacacional pueden ser deducibles en su totalidad.
Si eres propietario de una casa vacacional, en Homerti te facilitamos la tarea de hacer la declaración de la renta enviándote un documento en el que encontrarás perfectamente detallados los periodos en los que tu casa ha estado libre y ocupada. En dicho documento figuran todos los gastos de los servicios que previamente has contratado con Homerti así como las facturas de limpieza u de otros servicios como por ejemplo mantenimiento de piscina o reparaciones. Todo con el objetivo agilizar la declaración de la renta a los propietarios de casas vacacionales y que puedan decirse gastos de forma rápida y sencilla.
Es muy importante que sepas que declarar en cada periodo y que no te olvides de deducirte los gastos derivados del alquiler vacacional, ya que ¡supondrán un ahorro considerable en tu declaración!